Resumen del Artículo Disposición adicional vigesimosegunda

Artículo Disposición adicional vigesimosegunda del Ley Orgánica de Educación (LOE) — Disposición adicional vigesimosegunda. Transformación de enseñanzas. En el supuesto de que en el proceso de ordenación de la enseñanza universitaria se definieran en el futuro títulos que correspondan a estudios regulados en la presente Ley, el Gobierno, previa consulta a las…

LOEVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional vigesimosegundaDisposición adicional vigesimosegunda

Disposición adicional vigesimosegunda. Transformación de enseñanzas.

En el supuesto de que en el proceso de ordenación de la enseñanza universitaria se definieran en el futuro títulos que correspondan a estudios regulados en la presente Ley, el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, podrá establecer el oportuno proceso de transformación de tales estudios.

Norma publicada: 3 de mayo de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional vigesimosegunda

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional vigesimosegunda del LOE?

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¿El Artículo Disposición adicional vigesimosegunda del LOE está vigente?

El artículo Disposición adicional vigesimosegunda del LOE está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional vigesimosegunda dentro del LOE?

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